Tras varios años de espera, ayer se publicaba en el BOE el IV Convenio colectivo marco estatal de ocio educativo y animación sociocultural.

Aquí las principales novedades:
Nueva clasificación profesional
El convenio actualiza y estructura mejor los grupos profesionales y puestos de trabajo.
Grupos principales:
- Personal directivo
- Personal de coordinación y gestión
- Personal educativo y de intervención (monitores/as, animadores/as, etc.)
- Personal de apoyo o servicios
Regulación del contrato fijo-discontinuo
Se adapta el convenio a la reforma laboral.
Principales puntos:
- El contrato fijo-discontinuo pasa a ser la forma habitual en actividades periódicas (campamentos, actividades escolares, programas municipales, etc.).
- Se regula:
- Llamamiento del trabajador/a
- Orden de reincorporación
- Antigüedad durante periodos de inactividad
- La empresa debe informar sobre la previsión anual de actividad.
Registro y organización de la jornada
Se introducen normas más claras sobre el registro de jornada.
Aspectos clave:
- Obligación de registro diario del tiempo de trabajo.
- Regulación específica para actividades con características especiales como:
- Campamentos
- Colonias con pernocta
- Se establecen criterios para computar:
- tiempo efectivo
- disponibilidad
- descansos.
Condiciones específicas para campamentos y actividades con pernocta
Se crea una regulación específica (Anexo).
Se establecen:
- sistemas de cómputo de jornada en actividades continuadas
- organización de descansos
- criterios para no superar los límites de jornada anual
Esto intenta resolver uno de los principales problemas del sector: el trabajo continuo en campamentos.
Incremento salarial y nuevas tablas salariales
El convenio incluye nuevas tablas salariales (Anexo 3).
Características:
- Incremento progresivo de salarios.
- Diferentes tablas según tipo de actividad o servicio.
- Aplicación desde 2024.
El convenio regula:
- salario base por categoría
- complementos
- actualización anual.
Medidas de igualdad y diversidad
Se incorporan medidas más avanzadas en materia de igualdad:
Incluye:
- Protocolo contra la discriminación LGTBI (Anexo específico).
- Prevención del acoso por orientación sexual, identidad o expresión de género.
- Adaptación a la normativa estatal reciente sobre igualdad en empresas.
Mejora de derechos laborales y conciliación
El convenio recoge y adapta derechos derivados de cambios legislativos recientes:
- permisos retribuidos actualizados
- conciliación familiar
- igualdad de trato
- protección frente al acoso.
Regulación más detallada de la actividad del sector
Incluye normas específicas para:
- actividades extraescolares
- campamentos
- colonias
- ocio educativo municipal
- proyectos socioculturales.
Aquí una tabla comparativa (hecha con IA) sobre los principales cambios respecto al anterior convenio:
|
Aspecto |
III Convenio |
IV Convenio (actual) |
Cambio principal |
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Estructura profesional |
Clasificación más simple con menos diferenciación de puestos |
Nueva clasificación profesional más detallada con grupos y puestos definidos (directivo, gestión, atención directa, campamentos, administración, servicios) |
Mejora la definición de funciones y categorías laborales |
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Contrato fijo-discontinuo |
Menos desarrollado |
Regulación adaptada a la reforma laboral con mayor protagonismo del fijo-discontinuo |
Refuerza estabilidad en trabajos estacionales |
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Salarios |
Tablas salariales únicas con revisiones periódicas |
Tres tipos de tablas salariales (A, B y C) según tipo de servicio o contratación pública |
Sistema salarial más flexible y adaptado a licitaciones públicas |
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Complemento de dedicación |
Existía como complemento separado |
Se integra en el salario base |
Simplificación salarial y consolidación del salario |
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Campamentos y actividades con pernocta |
Regulación más general |
Se crea regulación específica para campamentos, colonias y actividades con pernocta |
Mejora adaptación a la realidad del sector |
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Registro de jornada |
Menos específico |
Regulación clara del registro diario de jornada y del trabajo efectivo en campamentos |
Mayor control del tiempo de trabajo |
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Complemento por pernocta |
No estaba regulado igual |
Se introduce complemento de 22 € por día de servicio con pernocta |
Reconocimiento económico de estas condiciones |
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Igualdad y diversidad |
Regulación básica |
Nuevas disposiciones para entornos de trabajo seguros e inclusivos |
Mayor enfoque en igualdad y diversidad |
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Organización del sector |
Menos coordinación entre convenios |
Refuerza la articulación con convenios territoriales y sectoriales existentes |
Mejora la coordinación del sistema de negociación colectiva |
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Duración del convenio |
Vigencia anterior |
Vigente hasta 31 de diciembre de 2027 |
Nuevo periodo de aplicación |
Y por si quieres leértelo completo, te lo dejo a continuación ;O)